En la actualidad, la producción de conejos no cuenta con una legislación específica que regule sus condiciones de bienestar.

Los requisitos aplicables a los conejos de granja son los que se establecen en la Directiva CE 58/1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas, que son condiciones generales para todas las especies ganaderas. Otras especies, sin embargo, cuentan con normativa específica, como las gallinas ponedoras, los pollos de engorde, los cerdos y los terneros de cría.

Precisamente para desarrollar las condiciones específicas de bienestar de los conejos, el Parlamento Europea insta al Consejo y a la Comisión Europea a:

  • Elaborar una hoja de ruta con medidas, en orden cronológico y que contengan, como mínimo:
  1. Directrices que contengan buenas prácticas y el establecimiento de normas de bienestar animal.
  2. Una Recomendación de la Comisión que contenga propuestas para un enfoque común de la UE en lo que respecta a la salud, el bienestar y las condiciones de alojamiento de los conejos.
  • Establecer, junto con los Estados miembro, sistemas claros de etiquetado de las producciones y a que utilicen los sistemas relativos a la información alimentaria de los consumidores.

Por otro lado, también:

  • Propone a los Estados miembro que desarrollen disposiciones en consonancia con las vigentes en Austria, Bélgica, Alemania y el Reino Unido.
  • Reconoce la necesidad de nuevas investigaciones científicas sobre la cría de conejos.

Algunos datos sobre los conejos de granja

  • Los conejos son, en número, la segunda especie ganadera más criada en la Unión Europea (UE), con más de 340 millones de conejos sacrificados cada año.
  • Sin embargo, su producción representa sólo aproximadamente el 1,1% de la producción total de carne de la UE.
  • La mayoría de los Estados miembros carecen de legislación específica para la cría y el engorde de conejos, sin embargo, existen algunas excepciones:
  1. Austria (2012, prohibición de jaulas en batería);
  2. Bélgica (2014, eliminación gradual de jaulas y introducción de sistemas de parques en 2025);
  3. Alemania (2014, mejora de la legislación sobre bienestar de los animales específicamente para la cría de conejos);
  4. Reino Unido (2007, Reglamento de bienestar de los animales de granja, que contiene tiene requisitos específicos para la cría de conejos).
  • La explotación del conejo se ha visto muy afectada por la disminución del consumo de carne en la UE y la crisis económica y porque los precios de venta han descendido un 20% en tres años, mientras que los costes de producción se han mantenido constantes.
  • El sector de la cría de conejos en la UE se enfrenta a una disminución constante y las proyecciones indican una disminución de la producción del 3,9% debido a la tendencia del consumidor a disminuir el consumo de carne de conejo.
  • El sector de la cría de conejos opera en condiciones de mercado global y no se beneficia de ayudas directas o intervenciones de mercado en el marco del Pilar I de la Política Agrícola Común (PAC).

Acceso al Informe sobre normas de bienestar de los conejos de granja – Parlamento Europeo 30/01/2017