Requisitos generales de higiene

El apartado A del Anexo I del Reglamento 852/2004, de higiene general de los alimentos, establece las medidas de higiene que se deben aplicar en las explotaciones ganaderas:

  • Limpieza de la explotación
  • Control del agua
  • Control del pienso
  • Gestión de residuos
  • Enfermedades animales
  • Formación del personal

El objetivo de estas medidas es evitar la contaminación por agentes que puedan afectar a la seguridad de las producciones.

  1. Infografía sobre la higiene en las explotaciones ganaderas – ELIKA
  2. Artículo sobre higiene y control del agua en las explotaciones – ELIKA

Autocontrol

El Reglamento 852/2004, de higiene de los productos alimenticios, establece que el productor, como responsable de la explotación, debe conocer y controlar los peligros asociados a su producción.
El autocontrol consiste en la aplicación de unas pautas higiénicas de manejo y el mantenimiento de registros.

Información de interés

Requisitos específicos en explotaciones apícolas

El artículo 8 del Real Decreto 209/2002 establece las siguientes condiciones para las explotaciones apícolas:

  1. La disposición y naturaleza de las construcciones e instalaciones, utillaje y equipo posibilitarán en todo momento la realización de una eficaz limpiezadesinfección y desparasitación en caso necesario

Legislación de referencia

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