Principios generales de bienestar animal
De forma general se considera que un animal goza de un buen estado de bienestar cuando se cubren las «cinco libertades«:
- Libre de hambre y sed
- Libre de molestias del entorno
- Libre de dolor, heridas o enfermedades
- Libertad para desarrollar su comportamiento natural
- Libre de miedo y angustia
En España el Real Decreto 348/2000, establece los requisitos generales de bienestar animal que se deben cumplir en las explotaciones ganaderas, pero no afecta a las abejas, ya que el mencionado Real Decreto no es de aplicación para animales invertebrados.
Legislación de referencia
- Buscador de normativa ganadera – ELIKA
Requisitos de bienestar de las abejas
Las medidas de protección de las abejas las establece el punto 7 del artículo segundo del Real Decreto 448/2005 (que sustituye el artículo 9 del Real Decreto 209/2002) y establece que:
- El titular de la explotación deberá velar por la satisfacción de las necesidades fisiológicas y de comportamiento de las abejas, para favorecer su buen estado de salud y de bienestar.
Se entenderá que el apicultor no cumple con estas obligaciones cuando el colmenar pueda ser catalogado como abandonado: con más del 50 % de las colmenas muertas.
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