El pasado 4 de junio la Comisión Europea publicó el Reglamento 592/2014, que modifica el Reglamento 142/2011, sobre medidas sanitarias para la gestión de subproductos animales.

Según la mencionada modificación, desde el pasado 15 de julio se puede utilizar yacija (suelo donde se han criado las aves) como combustible sin tratamiento previo e in situ en la granja.

El uso de la gallinaza como combustible está sujeto a ciertas condiciones, como por ejemplo:

  • Las plantas de combustión deben estar autorizadas por la autoridad competente.
  • La yacija vieja a utilizar se debe almacenar sobre una superficie dura y bien drenada.
  • No podrán acceder a ella los animales.
  • Se debe reducir al mínimo la emisión de residuos.
  • Las medidas de higiene deben incluir el manejo de las aguas residuales procedentes del lugar donde se almacena la yacija.

Si bien esta medida se ha recibido con optimismo por parte del sector, también se señala el riesgo sanitario que puede suponer la acumulación de las deyecciones de un lote de aves de la producción anterior al lado de la nave donde se inicia una nueva crianza, debido a lo que se exigen las condiciones mencionadas anteriormente.