Identificación animal
La Ley 8/2003, de sanidad animal, establece que la identificación de los animales corresponde a los titulares (responsables) de las explotaciones ganaderas a las que pertenezcan los animales.
Los elementos básicos de identificación animal son:
- Medios de identificación: diferentes según al especie. En el caso de bovinos, ovinos, caprinos y equinos, la identificación es individual.
- Base de datos informatizada: Registro Individual de Identificación Animal (RIIA).
- Documentos de movimiento: con datos de la explotación de origen, de destino y del movimiento.
- Libro de Registro de la explotación: en forma manual o informatizada, a disposición de la autoridad competente durante al menos tres años desde la última anotación.
Requisitos de identificación ovina y caprina
En España, la identificación de las especies ovina y caprina está regulada por el Real Decreto 685/2013.
Los elementos de identificación de las especies ovina y caprina son:
- Medios de identificación: de un crotal de plástico de color amarillo colocado en la oreja derecha del animal y la introducción de un bolo ruminal.Tanto el crotal auricular como el identificador electrónico llevarán un mismo código de identificación.
- Base de datos informatizada: Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Documentos de movimiento o traslado que recogen datos de la explotación de origen, de destino y del movimiento.
- Libro de registro de la explotación: con los principales datos de la explotación (censo, entradas, salidas, altas, bajas).
Trazabilidad del ganado ovino y caprino – MAGRAMA
Requisitos de identificación bovina
La identificación del ganado bovino está regulada por el Real Decreto 1980/1998 y sus modificaciones (ver legislación web MAGRAMA).
Los elementos de identificación de la especie bovina son:
- Marcas auriculares: constituidas por dos crotales de plástico que se colocan en cada una de las orejas y llevan un mismo y único código de identificación. El código consta de los siguientes caracteres:
- ES que identifica a España.
- Un dígito que determina la autoridad competente.
- Un dígito de verificación o control.
- Dos dígitos que identifican a la Comunidad Autónoma.
- Ocho dígitos de identificación individual del animal.
- Base de datos informatizada: Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Documento de Identificación Bovino (DIB): que acompañará al animal en todos sus traslados.
- Libro de registro de la explotación: con los principales datos de la explotación (censo, entradas, salidas, altas, bajas).
Trazabilidad ganado bovino – MAGRAMA
Página actualizada el