El MAPA publicó el pasado 21 de diciembre una nueva orden, la APA/1251/2020en la que establece nuevas medidas específicas de protección contra la lengua azul.

Dada la nueva situación epidemiológica tras la detección de circulación del serotipo 8 en Euskadi, Aragón y Navarra, y las consecuentes medidas impuestas para su control, el MAPA define lo siguiente en esta nueva orden: 

  1. Establecimiento de zonas restringidas frente a los serotipos 1, 4 y 8 y vacunación obligatoria en las respectivas zonas restringidas: nueva zona de restricción y de vacunación obligatoria frente al serotipo 8 en Euskadi, Navarra y Aragón. 
  2. Zonas de vacunación voluntaria, se establecerá en zonas libres de enfermedad consideradas de mayor riesgo que podrán ser modificadas dependiendo de la situación geográficafactores ecológicos y meteorológicos, la presencia y distribución del vector. 
  3. Periodo transitorio hasta el 31 de marzo de 2021 para el movimiento de animales en las nuevas zonas de restricción, de cara a proporcionar el tiempo suficiente para la  inmunización.
  4. La vacunación la realizará personal veterinario autorizado y la autoridad competente establecerá los controles oportunos para asegurarse de que la campaña se realiza correctamente.