El MAPA ha publicado recientemente el Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas.

En este nuevo Real Decreto norma, que se aplicará a todas las explotaciones bovinas, se recogen las normas básicas para la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones de ganado bovino, en lo relativo a:

  • La capacidad productiva máxima dependiendo del tipo de ganado.
  • Las condiciones mínimas de:
    • Infraestructura, equipamiento y manejo.
    • Ubicación, y separación sanitaria para explotaciones de nueva instalación.
    • Bioseguridad, bienestar animal, condiciones higiénico-sanitarias mediante el SIGE (Sistema Integral de Gestión de Explotaciones Bovinas).
    • Requisitos medioambientales para la gestión de estiércoles y la reducción de emisiones de la explotación.
  • Las responsabilidades y obligaciones de los titulares de las explotaciones en materia de formación, bioseguridad, higiene, sanidad y bienestar animal.

El Real Decreto ha entrado en vigor el pasado 30 de diciembre, aunque hay una serie de requisitos que entrarán en vigor más tarde. Como es el caso de los requisitos en materia de formación que entraran en vigor a partir de 1 de enero de 2024. Y para las explotaciones ya existentes exclusivamente, cuyos requisitos en materia de bioseguridad, higiene, infraestructuras, equipamiento y manejo, condiciones higiénico-sanitarias (incluido el SIGE) entrarán en vigor el 1 de enero de 2026; mientras que los requisitos de bienestar animal entrarán en vigor a partir de enero de 2025.

La normativa trata de recoger las diferencias en los requisitos a cumplir entre explotaciones en función de su sistema productivo y su tamaño, teniendo en cuenta los condicionantes propios de la producción de carne y leche, por supuesto, no perdiendo de vista las singularidades de las granjas de reducida dimensión.