Actualización de la estrategia de erradicación de la lengua azul
El MAPA ha actualizado recientemente las medidas específicas de protección en
relación con la lengua azul.
La confirmación de la circulación simultánea de los serotipos 1, 3, 4 y 8 de LA en amplias zonas a nivel estatal, unida a la dificultad de realizar una vacunación obligatoria por la falta de disponibilidad de vacuna suficiente frente a los diferentes serotipos; ha provocado que, tras una evaluación de la situación epidemiológica, el MAPA actualice la estrategia de erradicación por una estrategia de protección clínica basada en la vacunación voluntaria de los animales susceptibles a la enfermedad, y elimine asimismo la obligación de que los animales objeto de movimiento dentro de esta zona deban haber sido vacunados previamente frente a los serotipos presentes.
Por todo ello, y con el objeto de avanzar en el control de la enfermedad, el MAPA ha publicado la Orden APA/229/2025, de 10 de marzo, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con lengua azul y la Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se aplica la Orden APA/229/2025, estableciéndose una nueva zonificación a nivel estatal, como se puede observar en el siguiente mapa:

Según la nueva clasificación de zonas, desde el 1 de abril se proceden a establecer las siguientes zonas en la orden:
- Zonas libres: La Comunidad Autónoma de las Islas Canarias.
- Zona sometida a programa de erradicación frente a los distintos serotipos del virus de la lengua azul: Frente al serotipo 8, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Zonas sin estatus: Todo el territorio peninsular. La Ciudad de Ceuta y la Ciudad de Melilla.
En consecuencia y por todo lo anterior, el MAPA ha publicado recientemente el nuevo programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la Lengua Azul 2025, basado en las siguientes 3 líneas de acción:
- Vigilancia activa serológica y virológica: muestreos durante el período de actividad del vector en explotaciones centinelas.
- Vigilancia pasiva clínica: comunicación obligatoria de las sospechas clínicas.
- Vigilancia entomológica: monitorizar las poblaciones de los vectores mediante estaciones permanentes de captura fa lo largo de todo el año.
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